DIVORCIO ADMINISTRATIVO CON JUSTICIA ALTERNATIVA

¿Qué es el Divorcio Administrativo?

Es un divorcio que se puede tramitar en nuestro Centro Privado de Justicia Alternativa No. 234, sin necesidad de acudir a Juzgados; se requiere que ambos cónyuges estén de acuerdo en divorciarse, no tengan hijos o teniéndolos que sean mayores de edad, capaces y no necesiten alimentos y que no tengan bienes en común o que se haya liquidado la sociedad con anterioridad.

Beneficios

  • Disuelve el matrimonio de manera rápida y sencilla.
  • Requisitos mínimos.
  • No requiere juicio.
  • Se puede tramitar dentro o fuera de nuestro Centro Privado.
  • Los horarios de atención de nuestros Mediadores Certificados se adaptan a las necesidades de los solicitantes.
  • Es un trámite ágil y eficaz.

Requisitos

  • Acta de Matrimonio, con una antigüedad menor a un año.
  • Actas de Nacimiento de ambas partes, con una antigüedad menor a un año.
  • En caso de matrimonio anterior, se requiere Acta de divorcio.
  • Cuando existan hijos, se requiere sus actas de nacimiento y manifestar Bajo Protesta de decir Verdad que no requieren alimentos.
  • Certificado Médico de Ingravidez expedido por Institución Pública, no mayor a 30 días naturales, de fecha anterior a la celebración del convenio.
  • Comprobantes de domicilio de las partes no mayor a tres meses.
  • Identificaciones oficiales vigentes originales de las partes.